Para la modificación de la pensión por alimentos en favor de los hijos fijada en sentencia de divorcio o separación o en el convenio regulador, ha de producirse un cambio sustancial, por nuevas necesidades de los hijos o porque las circunstancias de los cónyuges hayan cambiado (art. 90.3 del Código Civil).
Se puede solicitar la modificación de la pensión por alimentos para los hijos, por ejemplo una rebaja de su importe porque el que debe pagar la pensión se quede en situación de desempleo, ya que:
- Ha de ser un cambio importante,
- No un cambio temporal sino definitivo o que puede prolongarse en el tiempo, y
- No un cambio voluntario o buscado (por ejemplo, contraer nuevo matrimonio o tener otros hijos, no es causa para modificar la pensión de los hijos habidos en el matrimonio anterior).
Los juzgados dictaminan que deben de darse las siguientes circunstancias:
“a) Un cambio objetivo en la situación contemplada a la hora de adoptar la medida que se trata de modificar.
b) La esencialidad de esa alteración, en el sentido de que el cambio afecte al núcleo de la medida y no a circunstancias accidentales o accesorias.
c) La permanencia de la alteración, en el sentido de que ha de aparecer como indefinida y estructural y no meramente coyuntural.
d) La imprevisibilidad de la alteración, pues no procede la modificación de la medida cuando, al tiempo de ser adoptada, ya se tuvo en cuenta el posible cambio de circunstancias, o al menos se pudo alegar por las partes, y no se hizo así.
e) Finalmente, que la alteración no sea debida a un acto propio y voluntario de quien solicita la modificación, al menos en cuanto el acto exceda del desarrollo y evolución normal de las circunstancias vitales de dicha persona.
El nacimiento de otro hijo/a tampoco se ha acreditado que constituya una alteración sustancial de las circunstancias”
FUENTE: Artículo 90.3 del Código Civil, y sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia de 29/06/2022 (Repertorio Jurídico El Derecho EDJ 2022/660479).
En relación con este tema ver nuestro artículo sobre la pensión por alimentos a favor de los hijos.
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